
La Dirección Nacional de Vialidad (DNV) impuso una serie de multas a la empresa Caminos del Río Uruguay S.A., concesionaria del Corredor Vial N° 18, por deficiencias sistemáticas en el mantenimiento de las Rutas Nacionales 12, 14 y 117. Las sanciones, publicadas este lunes 15 de diciembre en el Boletín Oficial, se fundamentan en el incumplimiento de los estándares de mantenimiento exigidos en el contrato de concesión.
La Mayor Sanción por Deficiencias en la RN 14
La resolución que establece la multa más significativa se basa en 155 irregularidades de señalización en un tramo clave de la Ruta Nacional 14.
La sanción de mayor magnitud corresponde a la Resolución 1975/2025, que establece una multa de 2.883.000 Unidades de Penalización. Esta penalización se debe a la detección de 155 señales verticales deficientes o faltantes en la Ruta Nacional 14, específicamente en el tramo comprendido entre la localidad de Ubajay y el Río Mocoretá. Los relevamientos técnicos confirmaron que estas deficiencias representan un incumplimiento de los estándares de señalización vial.
Otras Infracciones Detectadas y Sancionadas
Vialidad Nacional también penalizó el deterioro de la señalización horizontal, la presencia de baches no subsanados y el nulo Índice de Serviciabilidad Presente en la RN 117.
Otras resoluciones complementan el paquete de multas por irregularidades en la gestión del corredor:
- Resolución 1974/2025: Sanciona con 41.412 Unidades de Penalización la falta de mantenimiento de la señalización horizontal en 84 kilómetros de la Ruta Nacional 14.
- Resolución 1960/2025: Impone 148.000 Unidades de Penalización por la existencia de cuatro baches abiertos en la Ruta Nacional 12, en el tramo de colectora ascendente entre los kilómetros 84 y 84,2. Estas deficiencias no fueron subsanadas a la fecha de finalización de la concesión, el 9 de abril de 2025.
- Resolución 1976/2025: Establece una multa de 138.280 Unidades de Penalización por registrar un Índice de Serviciabilidad Presente de 0,0 en la Ruta Nacional 117, entre los kilómetros 4 y 11, cuando el contrato exige valores superiores.
Fundamento de las Multas y Obligación de Pago
Las sanciones se fundamentan en los incumplimientos detectados durante la vigencia del contrato de concesión y fueron notificadas a la empresa Caminos del Río Uruguay S.A. para su pago.
Las sanciones impuestas por la Dirección Nacional de Vialidad se fundamentan en los incumplimientos detectados durante la vigencia del contrato de concesión del Corredor Vial N° 18. La empresa Caminos del Río Uruguay S.A. fue notificada de las resoluciones para proceder al pago de las multas.


