
Concordia, Entre Ríos.
La Justicia de Concordia emitió el primer pronunciamiento respecto a las acciones de amparo presentadas por trabajadores municipales cuyos contratos no fueron renovados al finalizar el año 2025. En una sentencia de primera instancia dictada durante la feria judicial, un magistrado ordenó la inmediata restitución de uno de los agentes a su puesto de trabajo, junto con el pago de los haberes devengados. Sin embargo, el escenario legal sumó complejidad tras conocerse una segunda resolución con signo contrario y la confirmación oficial de que el Ejecutivo apelará el fallo desfavorable.
Argumentos de la sentencia a favor del trabajador
El fallo judicial, que contó con el patrocinio de las Dras. Sofía Ruiz Díaz y Mariana De León, junto al Dr. Hernán E. Ponce, consideró que el cese del trabajador, ocurrido el 5 de enero de 2026, fue «arbitrario». El magistrado interviniente sostuvo que la utilización sistemática de contratos de locación de servicios para encubrir una relación de dependencia genuina —caracterizada por la continuidad y la subordinación— vulnera derechos fundamentales. Según los letrados, el juez concluyó que la denominación formal del contrato no reflejaba la realidad del vínculo laboral que se mantuvo durante años.
La respuesta del municipio y la apelación técnica
Desde la Municipalidad de Concordia confirmaron que fueron notificados de la resolución y anunciaron la presentación formal de una apelación. Los asesores legales del Ejecutivo indicaron que han detectado «inconsistencias en cuestiones procesales» y de carácter técnico que deben ser revisadas por una instancia superior. Esta medida recursiva, en principio, suspendería los efectos de la sentencia de primera instancia, por lo cual la reincorporación exigida para el próximo lunes no se haría efectiva hasta que exista un pronunciamiento firme.
Resoluciones dispares y otros amparos en trámite
La jornada del viernes cerró con noticias divididas para el área jurídica municipal. Mientras el primer amparo resultó favorable al trabajador, una segunda resolución judicial sobre otro de los casos en trámite respaldó la postura del Ejecutivo municipal. En total, se estima que son ocho las acciones de amparo presentadas por diferentes empleados, las cuales recayeron en distintos magistrados de feria. Ante esta disparidad de criterios, desde el Municipio llamaron a la prudencia y manifestaron su respeto por la independencia de los tiempos judiciales.
Impacto institucional y precedentes legales
El conflicto se enmarca en la decisión de la actual gestión de no renovar más de 140 contratos al inicio del ejercicio 2026. Los abogados de la parte demandante sostienen que este primer fallo favorable sienta un precedente relevante no solo para la ciudad, sino para el ámbito público provincial, al cuestionar la legitimidad de las contrataciones temporales reiteradas. Por su parte, el gobierno local aguarda que las instancias superiores evalúen los fundamentos de su apelación, manteniendo la postura de que el proceso de desvinculación se ajustó a las facultades administrativas vigentes.
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